Parece que por fin la nueva de la Ley de Autónomos entrará en vigor más pronto que tarde. Un total de 150 enmiendas que han dado mucho que hablar (y criticar). Desde Asesoría PYB, nuestros compañeros de la asesoría para autónomos, van a contaros las novedades de esta nueva Ley de Autónomos.

Lo primero que nos ha llamado la atención es que la cuota de autónomos en función de beneficios… ¡no está! Era una de las medidas más esperadas y por ello, tendremos que esperar aún más.

Lo bueno es que hay muchas nuevas medidas tanto para nuevos autónomos como autónomos colaboradores.

¿Cuándo entrará en vigor esta nueva Ley de Autónomos?

En principio todo apunta a que esta nueva batería de medidas (150, que no son pocas) serán aprobadas a finales de junio o principio de julio. Tras su aprobación, la propuesta de ley irá al Senado, para finalmente ser firmada por el Rey y publicada en el BOE.

¿Qué cambia con estas nuevas medidas?

Lo primero que hay que saber es que estas medidas son para nuevos autónomos o para aquellos que no hayan estado de alta en el RETA en los dos años anteriores. Si como lo lees, es uno de los primeros cambios. Antes eran cinco años desde el alta inicial y ahora lo han reducido a dos.

Uno de los cambios más interesantes, es la ampliación de la tarifa plana de seis a doce meses para nuevos autónomos. Como ya sabéis la tarifa plana para autónomos consiste en una reducción del pago por la base mínima cotizable a tan solo 50€.

Gracias a esta medida, no tendrás que pagar los 267,93€ actuales hasta 2 años después del alta inicial. Esto es debido a los tramos existentes:

  • Primer tramo: 12 meses a 50€
  • Segundo tramo: 6 meses a 133€ aproximadamente.
  • Tercer tramo: 6 meses a 190€ aproximadamente.

Y si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35 años, obtendrías 6 meses adicionales en el último tramo. Así pues se puede llegar a pagar la cuota de autónomos reducida hasta en dos años y medio.

La extensión de la Tarifa Plana 6 meses más sólo beneficia a los nuevos autónomos, no a todo el colectivo

Sin duda alguna esta medida era una de las más esperadas, aunque también hay que decir que en comunidades como Madrid, desde la primera Ley que se aprobó se concede una ampliación de la ayuda hasta los 18 meses.

Sin embargo, como todo, esta nueva medida ha generado algo de controversia. Solo pueden acogerse a la ampliación aquellos que se den de alta a partir de la entrada en vigor. Es decir, aquellos que se acogieron antes no podrán ampliarla hasta los 12 meses. Esto no deja de ser un parche a la situación real del autónomo en España, uno de los países donde más se paga por trabajar por cuenta propia.

Los autónomos exigen soluciones definitivas que  mejoren las condiciones de todos, no sólo las de alta reciente

Otra de las nuevas medidas que vienen en el texto de la nueva Ley de Autónomos, es el nuevo sistema de aplicación de altas y bajas. Algo que siempre ha creado mucho mal estar entre el colectivo, pues se pagaba lo mismo dándose de alta el día 1 que el 31. A partir de ahora, se podrán dar hasta tres altas o bajas anuales. Y lo mejor de todo, estás se aplicarán desde el mismo día que se soliciten y no a mes completo. Por lo tanto a la hora de cotizar y pagar la cuota, solo se hará por los días en alta.

Igualmente, se podrán llevar a cabo cuatro cambios de base de cotización, con dos nuevos periodos.
Otra medida y no menos importante es el sistema de recargos por demora en el pago de deudas. Hasta ahora se pagaba un 20% de recargo saldases la deuda el primer día o dos años después. Sin embargo tras la aprobación de estas medidas, esto irá en función del tiempo que pase desde que se genera la deuda hasta que la misma se abona. Así que ya sabes, si no quieres perder la bonificación ni que el recargo sea alto… ¡salda tus deudas con la Seguridad Social cuanto antes!

Por fin alguien ha pensado en las madres que trabajan por cuenta propia.

Pues sí, tarde, pero mejor que nunca. A partir de que se aprueben estas medidas, las madres no pagarán su cuota durante el periodo de baja. Aunque parezca mentira hasta ahora se cobraba la prestación por maternidad, pero se pagaba la cuota. Comido por servido. Y es más, si eres madre y decides cuidar de tu niño durante un tiempo y no trabajar, cuando vuelvas te respetarán la tarifa plana, siempre que no alargues el cese de actividad por más de dos años y sigas cotizando por la base mínima.

¿Era esta nueva Ley de Autónomos lo que se necesitaba?

Hay cambios interesantes y lo importante es avanzar, pero falta mucho por hacer. Por ejemplo, algo muy importante es el tema de la cuota progresiva en función de beneficios. Otro aspecto interesante sería la exención del pago si no se tienen un mínimo de beneficios. Y también que todas estas medidas son exclusivamente para nuevos autónomos, por lo que dejan fuera a muchos.

En fin, es un paso más, pero queda mucho por hacer. Ojalá que muy pronto hablemos de una nueva ley de autónomos que ayude a todos.